Es objeto de esta convocatoria la elaboración de bolsas de aspirantes a interinidad de los cuerpos y las especialidades y materias que se indican en el Anexo I de la presente resolución.
Requisitos para todas las personas aspirantes:
1. Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacionalidad correspondiente a algún estado al que sea de aplicación la directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores en los términos recogidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
2. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
3. Estar en posesión de alguna de las titulaciones que para cada Cuerpo y especialidad se establecen en la Resolución de 22 de mayo de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen las titulaciones necesarias para el desempeño de puestos en régimen de interinidad Para las especialidades del cuerpo de maestros también serán válidas las titulaciones recogidas en el Anexo del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, siempre que en cualquier caso la persona solicitante cuente con el título de Maestro.
4. No padecer enfermedad ni ser persona afectada por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
5. No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse con inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
6. No ser funcionaria o funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como personal funcionario de carrera, o formar parte de las listas existentes del mismo cuerpo y especialidad al que se refiera la presente convocatoria.
7. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Master Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
Plazo de presentación de solicitudes: del 24 de diciembre de 2020 al 11 de enero de 2021 ambos inclusive
Fuente: Resolución de 21 de diciembre de 2020 de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la convocatoria para la elaboración de bolsas de aspirantes a interinidad de los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo. Consultar resolución (pdf)
Toda la información en el siguiente enlace: Convocatoria para la elaboración de bolsas de aspirantes a interinidad