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Luz verde para la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre


Luz verde al Acuerdo Social entre el Gobierno y los agentes sociales para la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre. Las medidas de protección a personas trabajadoras y empresas se adaptarán al contexto actual para seguir acompañando a los sectores más afectados.

El acuerdo, que mañana se trasladará a la reunión del Consejo de Ministros prevé beneficios en las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social, garantías para el mantenimiento del empleo y mecanismos de flexibilidad para que las empresas se adapten a los nuevos escenarios según evolucione la crisis sanitaria.

Exoneraciones de cuotas

El acuerdo incluye diferentes exoneraciones para las empresas, según su situación. En el caso de las empresas que están en situación de fuerza mayor parcial, el acuerdo hasta septiembre mantiene el espíritu del vigente, bonificando más las cotizaciones de los trabajadores activados que de los suspendidos.

De esta forma, para empresas con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de sus trabajadores activados en los meses de julio, agosto y septiembre y del 35% para los trabajadores que continúen suspendidos.

Para las empresas de 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activados y del 25% para los no activados.

Por su parte, las empresas que están actualmente en ERTE por fuerza mayor total pasarán a ERTE de transición hasta el 30 de septiembre. Dentro de ellas, las que cuentan con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 70%, 60% y 35% en julio, agosto y septiembre, respectivamente. Para las empresas de 50 y más trabajadores, las exoneraciones pasarían a ser del 50%, 40% y 25%, en julio, agosto y septiembre, respectivamente.

Estos ERTE se tramitarán contando con el informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y tras haber informado a los representantes legales de los trabajadores, tal y como regula el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

Salvaguarda para el empleo

Las empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en caso de ERTE, deberán mantener el empleo durante un período de seis meses.

Durante un ERTE en vigor, las empresas no podrán efectuar despidos y tampoco podrán repartir dividendos. Quedan fuera del ámbito de aplicación de estos ERTE las empresas radicadas en paraísos fiscales.

Las personas trabajadoras de las empresas que se acojan a estos ERTE no podrán realizar horas extra. No estará permitido que las empresas concierten nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que establezcan nuevas externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE.

Protección por desempleo

Las personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados del Covid-19, tanto de fuerza mayor total o parcial como basados en causas productivas o los tramitados en caso de rebrote, gozarán de la protección reforzada prevista en el anterior acuerdo: se les reconocerá la prestación aún cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a 0

Fuente: Gobierno de España

Opiniones de los Sindicatos

Para CC.OO alargar unos meses la regulación de los ERTES supone “seguir dando cobertura a trabajadoras y trabajadores que en circunstancias normales no se hubieran podido acoger a estos ERTES y que además, añade la reposición de la prestación de desempleo una vez que se incorporen a su puesto de trabajo”, lo que supone que se mantiene el paquete derechos adquiridos”.

Por parte de UGT se muestran satisfechos de que se hayan recogido varias demandas sindicales como el hecho que la extensión de los ERTEs por causas objetivas (técnicas, organizativas, económicas y de producción) tengan exenciones de cotización a semejanza de los ERTEs por fuerza mayor.

Se mantiene el contador a cero en las prestaciones por desempleo de las personas trabajadoras afectadas por ERTES, sea cual sea su clase, y que se pueda acceder a la prestación aún sin reunir los requisitos suficientes para poder acceder a la misma. Para los trabajadores fijos discontinuos el contador a cero se prolongará hasta el 31 de diciembre.


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