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Ayudas y Subsidios para personas sin ingresos por Comunidades Autónomas


Esta entrada tiene como objetivo dar a conocer algunas de las ayudas y subsidios que existen tanto a nivel nacional como por Comunidades Autónomas para tod@s quellos que no cobran ningún tipo de prestación. Ayudas  de naturaleza económica entre los 400 euros y los 1.247 euros dependiendo del número de hijos existentes en la unidad familiar y destinadas a aquellas personas cuyos recursos resultan insuficientes para atender situaciones de necesidad. Seguro que no son todas, pero hacemos un repaso de las más destacadas.

Las prestaciones son un conjunto de medidas que se ponen en funcionamiento para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos, que suelen originar una pérdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los sufren. En su mayoría son económicas y algunas de las prestaciones que podemos destacar son las prestaciones por Nacimiento y cuidado de menor, la Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo, las Prestaciones por desempleo (SPEE), la Prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos....

Las más importantes por su cuantía e incidencia en la sociedad son las ayudas para desempleados del SEPE que, en el caso de las contributivas, necesitan una serie de requisitos de cotización. y desde este enlace podrás informarte de todos todas las situaciones, las personas beneficiarias, las cuantías, los requisitos y la forma de tramitarlas. Prestaciones por desempleo

El SEPE también ofrece otras ayudas de asistencia económica a desempleados y a miembros de colectivos específicos que no tienen derecho a otras prestaciones. En este caso hablamos de Subsidios de Desempleo, que son ayudas de nivel asistencial a las que en algunos casos se accede una vez que acabada de cobrar la prestación por desempleo de nivel contributivo.

  • Subsidio desempleo cuando se tienen cargas familiares: La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad, siempre que lo solicite en plazo y mantenga los requisitos.
  • Subsidio para personas mayores de 45 años y sin cargas familiares: Subsidio dirigido a personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo
  • Subsidio para mayores de 52 años: Se puede acceder a partir de los 52 años en lugar de los 55. Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.
    Para poder acceder a este subsidio y mantenerlo, únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar.
  • Subsidio extraordinario por desempleo (SED):  podrán acceder las personas en desempleo total que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    1. Hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previstos en el artículo 274 de TRLGSS a partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el  01/03/2018 y el  04/07/2018.
    2. Sean personas paradas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018. (Se considera persona parada de larga duración aquella que haya permanecido inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario)
  • Renta Activa de Inserción (RAI): Si sigue en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puede solicitar la renta activa de inserción (RAI).

La cuantía mensual de estos subsidios por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Cuantías para este año).

Estos días se han ido aprobando una serie de medidas que tratan de paliar la situación de necesidad que la pandemia ha provocado en determinados colectivos y que facilitan el acceso a prestaciones económicas:

A iniciativa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y fruto del consenso y del trabajo en común con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, se ha elaborado un Catálogo de Referencia de Servicios Sociales que reúne en un único documento las prestaciones a las que podrían acceder las personas en el conjunto del territorio estatal, estableciéndose asimismo unos principios de calidad y buen uso comunes.

La estructura del Catálogo se ha articulado esencialmente por la tipología de las prestaciones, distinguiendo entre:

  • Prestaciones de Servicios. Actuaciones que realizan los equipos técnicos orientadas a atender las necesidades sociales y favorecer la inserción social de los ciudadanos y ciudadanas, familias y grupos de población.
  • Prestaciones Económicas. Aportaciones económicas, de carácter periódico o pago único, ofertadas para garantizar mínimos de subsistencia o situaciones de emergencia sobrevenidas a los ciudadanos: Renta mínima de inserción. Ayuda para víctimas de violencia de género. Prestaciones económicas para personas en situación de dependencia u otras prestaciones económicas.

En el caso de que no puedas acceder a alguna de las prestaciones o subsidios estatales comentados anteriormente, puedes acudir a las ayudas que las Comunidades Autónomas disponen en materia asistencial. Cada ayuda autonómica tiene su propia normativa, requisitos, forma de tramitación e importes económicos. Haremos un repaso por cada una de las Comunidades Autónomas y las ayudas que ofrecen a personas sin ingresos.

Castilla y León:

Nuevas Ayudas de 430 euros para personas sin prestación en CyL. Abierta Solicitud: Abierto el plazo de solicitud para las ayudas económicas de 430 euros destinadas a trabajadores desempleados que no cobren ningún tipo de prestación y participen en Programas Personales de Integración y Empleo, para el año 2020

Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) :La Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) es una prestación social, de naturaleza económica y percepción periódica, que se configura básicamente como renta familiar.

La renta garantizada de ciudadanía es subsidiaria respecto a cualquier prestación de cualquier sistema público de protección de tal manera que deberá haber solicitado y agotado su percepción.

La renta garantizada de ciudadanía complementará los ingresos que tuviera la unidad familiar en su conjunto hasta el importe que de prestación pudiera corresponder. No obstante, no se complementará cuando el solicitante de la RGC sea titular de prestaciones de la Seguridad Social o de cualquier otro sistema público de protección.

Su reconocimeinto está condicionado al cumplimiento de los requisitos y a la suscripción de un Proyecto Individualizado de Inserción.

La finalidad de la RGC es proporcionar los medios y apoyos necesarios para atender las necesidades básicas de subsistencia y promover la integración de quienes se encuentren en situación se exclusión social.

Además Castilla y León acaba de aprobar una serie de ayudas para trabajadores afectados por ERTEs, que tratan de compensar la pérdida salarial que han tenido los trabajadores con motivo de esta crisis sanitaria.

Madrid:

Renta Mínima de Inserción: Es una prestación económica, integrada por una prestación mensual básica y un complemento variable.

Podrá ser percibida por todas aquellas personas que acrediten tener residencia legal en la Comunidad de Madrid y reúnan los requisitos establecidos legal y reglamentariamente.

Entre otras obligaciones, destacan las de destinar la prestación a fines de alimentación, vivienda, vestido, asistencia médica y educación, también escolarizar a menores, informar de cualquier variación de circunstancias, comparecer cuando sea requerido por la Administración, firmar y cumplir el programa individual de inserción, mantener la búsqueda de empleo, no rechazar oferta de empleo adecuada a sus capacidades y, en su caso, reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.

Las personas titulares de la prestación deberán presentar, además, previo requerimiento de la Administración, una declaración anual para acreditar el mantenimiento de los requisitos que motivaron la concesión de la prestación económica.

Comunidad Valenciana

Renta de garantía de ingresos mínimos: Prestación periódica, de naturaleza económica, dirigida a las unidades de convivencia en situación de exclusión social o de riesgo de exclusión social, el nivel de recursos económicos de las que no llegue al importe correspondiente de la renta de garantía de ingresos mínimos y que sea insuficiente para atender los gastos asociados a las necesidades básicas de la vida diaria.

La renta de garantía tiene carácter subsidiario de las prestaciones económicas vigentes y previstas en el resto de sistemas de protección social, tanto estatales como autonómicas, a las que puedan tener derecho las personas destinatarias, y se constituye como el último recurso de protección social en que pueden acceder.

País Vasco

Renta de Garantía de Ingresos (RGI) Es una prestación económica mensual para atender las necesidades básicas de las personas y familias que no disponen de recursos suficientes y que les ayuda a encontrar una salida laboral.

Esta ayuda la pueden cobrar las personas que no disponen de recursos o los que tienen son insuficientes para cubrir sus necesidades básicas, y que reúnan una serie de requisitos.

Pueden ser personas sin trabajo, trabajadores con pocos recursos, pensionistas, perceptores de otro tipo de pensiones, inmigrantes sin permiso de residencia, etc

Navarra

La Renta Garantizada es una prestación subsidiaria y complementaria de cualquier otro ingreso al que se pueda tener derecho.

La cuantía a percibir está relacionada con el número de personas que conforman la unidad familiar y con los ingresos computables de la misma. Las cuantías máximas a percibir en 2019 son las que figuran a continuación:

1 miembro en la Unidad Familiar: 623,63 €
2 miembros: 841,9 €
3 miembros: 997,81 €
4 miembros: 1.091,35 €
5 miembros: 1.184,9 €
6 miembros o más: 1.247,25 €

Aragón

Ingreso Aragonés de Inserción (IAI):  El Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) tiene como finalidad lograr la plena integración social y laboral de personas que se encuentran en estado de necesidad o padecen situaciones de marginación.

El Ingreso Aragonés de Inserción aporta dos tipos de prestaciones, una económica: destinada a garantizar los recursos mínimos de subsistencia y un Plan Individualizado de Inserción dirigido a lograr la autonomía personal, familiar, social y laboral.

La Rioja

Renta de Ciudadanía de La Rioja: Destinada a cubrir las necesidades básicas de quienes se encuentren en situación o riesgo de exclusión social, así como a promover su inserción social y laboral. Medidas específicas de apoyo a las personas con ingresos insuficientes mediante prestaciones económicas y acceso facilitado a los servicios como  uno de los medios más eficaces para combatir la pobreza, garantizar un nivel de vida adecuado y fomentar la integración social.

Cataluña

Renta Garantizada de Ciudadanía: La Renta garantizada de ciudadanía (RGC) nace para garantizar que todos los ciudadanos de Cataluña puedan hacer frente a los gastos esenciales para el mantenimiento propio o de las personas que integran la unidad familiar o de convivencia.

La Renta garantizada de ciudadanía es un derecho subjetivo y, consta de dos prestaciones económicas:

  1. Una prestación garantizada, incondicional, sujeta a los requisitos establecidos por la ley.
  2. Una prestación complementaria de activación e inserción, condicionada al compromiso de un plan de inclusión social o inserción laboral, que pretende superar las condiciones que han originado la necesidad de la prestación.

Prestación de urgencia para suministros básicos para personas afectadas por la situación de crisis ocasionada por la Covidien-19:  La prestación consistirá en una ayuda extraordinaria para la sostenibilidad económica de las familias en Cataluña por un importe de doscientos euros, en un pago único, con el objetivo de facilitar la adquisición de productos de alimentación, farmacia y otros suministros básicos.

La prestación se dirige a personas trabajadoras (personas físicas) que tengan cargas familiares y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  1.  Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos previstos en el artículo 22 del Real Decreto Ley 8/2020.
  2. Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas y de producción, de acuerdo con los supuestos previstos en el artículo 23 del Real Decreto ley 8/2020.
  3. Trabajadoras por cuenta ajena, fijas discontinuas, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo de acuerdo con el punto 6 del artículo 25 del Real Decreto ley 8/2020.
  4. Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la extinción del contrato de trabajo.
  5. Trabajadoras por cuenta propia con suspensión o reducción de la actividad económica.

Región de Murcia

Renta Básica de Inserción: Prestación económica destinada a la satisfacción de las necesidades básicas de las personas sin recursos propios. Se inicia e instruye en las Unidades de Trabajo Social de los Servicios Sociales Municipales, correspondientes al ciudadano

Baleares

Renta Social: Es una prestación económica dirigida a la cobertura de los gastos básicos de las personas, familias y otros núcleos de convivencia que se encuentran en situación de necesidad.

Además la pandemia por el Covid19, y la consecuente declaración del estado de alarma por parte del Gobierno de España, supone un importante impacto sobre los ciudadanos. Por ello y de acuerdo con las medidas extraordinarias aprobadas por el Decreto Ley 06/2020 de 1 de abril de 2020, durante el Estado de Alarma las personas residentes en las Islas Baleares en situación de vulnerabilidad económica podrán tramitar, una renta social garantizada de carácter extraordinario, por el importe que corresponda de acuerdo con el baremo de renta social garantizada vigente, con una vigencia inicial de 2 meses, desde día 1 de abril de 2020, prorrogables, si los destinatarios cumplen con los requisitos siguientes:

– El solicitante debe ser mayor de 18 años.
– El núcleo familiar no debe disponer de ningún ingreso económico o, en caso de disponer, estos ingresos tdeben ser inferiores al importe que los correspondería de acuerdo con el baremo de la renta social garantizada indicado en el anexo de la Ley 5/2016, de 13 de abril.
– Los destinatarios de la prestación no deben tener derecho a percibir otras prestaciones públicas.

Para obtener información sobre las medidas extraordinarias aprobadas en relación con las prestaciones del SEPE (Servicio Público Empleo Estatal), se deberá dirigir a los servicios de información de este organismo.

– Los destinatarios de la prestación no pueden ser beneficiarios de la renta social garantizada o de la renta mínima de inserción como miembros de otro núcleo familiar.
– Los destinatarios de la prestación deben estar al corriente en el pago de las obligaciones derivadas de la aplicación del artículo 23 de la Ley 5/2016.

Canarias

Prestación Canaria de Inserción:  Para conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población con especiales dificultades de integración, que proporcionará:

a) Una ayuda económica, que recibirá el nombre de ayuda económica básica, cuya finalidad es ofrecer cobertura a las necesidades básicas de la vida a quienes, por carecer de recursos materiales, se encuentren en situación de mayor desigualdad social respecto al promedio de la población canaria.

b) Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa, o desajustes personales.

Para el reconocimiento del Derecho a la Prestación Canaria de Inserción puedes ir a la sede electrónica de Canarias a través de este enlace.

El Ingreso Canario de Emergencia es una herramienta (la primera comunidad autónoma que la pone en marcha) que quiere servir de «puente» hasta la entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital anunciado por el Estado.

El importe de esta prestación será el 75% de las cuantías previstas en el artículo 14 de este Decreto ley y se tendrán en cuenta las cuantías asignadas por número de miembros de la unidad de convivencia para una mensualidad.»

Por otro lado y en el caso de trabajadores que hayan tenido que cerrar su actividad y no tengan acceso a prestaciones económicas el Gobierno de Canarias acaba de aprobarayudas directas a Autónomos por el cese de actividad

Melilla

Ingreso Melillense de Integración: Es una prestación económica, destinada a personas o U.E.C.I. que carezcan de medios económicos para atender sus necesidades básicas, cuyo importe oscila entre el 60% y el 100% del S.M.I., en función del número de miembros de la U.E.C.I., siendo de carácter periódico y complementaria, estando sujeta a la realización y cumplimiento por parte de los usuarios de itinerarios de inserción. Tiene una duración máxima de 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias correspondientes a los meses de junio y diciembre, siendo prorrogable hasta un máximo de 12 meses más.

El objeto del I.M.I. es facilitar la inserción sociolaboral de los usuarios, conforme a los itinerarios de inserción, siendo la prestación económica que conlleva ser beneficiario del I.M.I.

Ceuta

Ingreso Mínimo de Inserción Social (IMIS): El Ingreso Mínimo de Inserción Social es una prestación periódica de naturaleza económica dirigida a cubrir las necesidades de aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos básicos para la supervivencia.

La cuantía mensual del IMIS aplicable a cada unidad de convivencia será el resultado de añadir a la cuantía básica establecida para una persona, los complementos adicionales por cada miembro de más de la unidad de convivencia. Dichas cantidades serán fijadas anualmente por el Consejo de Gobierno en base a los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

El derecho a la percepción del IMIS, se mantendrá, en tanto que el titular mantenga los requisitos establecidos legal y reglamentariamente y que el conjunto de la unidad de convivencia carezca de recursos económicos, por un período máximo de un año, con posibilidad de prórroga.

Castilla la Mancha

Desde este enlace puedes acceder a todas las Prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales. Son aportaciones dinerarias destinadas a atender situaciones de necesidad cuando las personas no disponen de recursos suficientes

Ingreso Mínimo de Solidaridad: Es una ayuda periódica de carácter económico, de duración temporal y naturaleza subvencional a fondo perdido, destinada a unidades familiares que carezcan de medios económicos suficientes con que atender las necesidades básicas de la vida y con el fin de posibilitar la salida de la situación de marginación en la que se encuentran.

La situación de exclusión social se acreditará mediante el informe social emitido por el Trabajador Social de los Servicios Sociales de Atención Primaria del municipio de residencia de la personas interesada que incluirá un análisis completo de la situación  individual y familiar.

Ayudas de Emergencia Social: Es una prestación no periódica, de carácter económico destinada a atender situaciones de urgente y grave necesidad, excepcionales y previsiblemente irrepetibles, que no puedan ser atendidas a través de ningún otro recurso, con el fin de prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y favorecer la integración de las personas.

Igualmente están destinadas a cubrir necesidades de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, entendiendo como tales las ayudas para prevenir o evitar la pérdida de vivienda, cortes de suministros u otras situaciones especiales.

Nuevas Ayudas Emergencia Excepcional de hasta 400 euros en Castilla la Mancha: Decreto de Ayudas de Emergencia Excepcional para personas en situación de dificultad económica y social para cubrir necesidades básicas por la COVID-19

Ayudas y Subvenciones. Decreto 15/2020, de 12 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas de emergencia excepcional destinadas a personas que se encuentren en situación de dificultad económica y social para cubrir necesidades básicas, como consecuencia de la crisis ocasionada por el COVID-19 durante 2020. Extracto BDNS (Identif.): 505826. [NID 2020/2965]

Andalucía

Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, aprobada mediante Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, regula la prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social que deberá incorporar un itinerario a través de un Plan de inclusión sociolaboral, en los términos establecidos en los artículos 42.1 y 42.2.g) de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, las unidades familiares cuyas personas miembros tengan vecindad administrativa en Andalucía, se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, y cumplan los requisitos. Así como aquellas que, aún no cumpliendo alguno de los requisitos, se encuentren en situación de urgencia o emergencia social.

Extremadura

Renta Extremeña Garantizada: Asegurar los mínimos de una vida digna a las personas y unidades familiares y a promover la integración laboral y social de aquellos que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social; asimismo, garantizar el derecho a la inclusión social de toda la ciudadanía extremeña.

Podrán ser beneficiarios de la prestación de Renta Extremeña Garantizada las personas que se encuentren en situación de exclusión o en riesgo de exclusión, es decir, quienes carezcan de los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y se encuentren en un estado de dificultad personal o social para su inserción en el mercado laboral y su integración social.

La D. G. Políticas Sociales, Infancia y Familia también dispone de un Servicio de Prestaciones Sociales al objeto de paliar situaciones de necesidad.

Galicia

Renta de inclusión social de Galicia: La renta de inclusión social de Galicia es una prestación pública destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a quien carezca de ellos, así como a conseguir progresivamente su autonomía e integración social y laboral, mediante el derecho y el deber de participar en procesos personalizados de inserción con apoyo técnico y financiero del Sistema gallego de servicios sociales y del Sistema público de empleo de Galicia.

Cantabria

Prestación económica de Renta Social básica: Prestación económica de carácter periódico destinada a hacer efectivo el derecho a la protección social de las personas que carecen de recursos económicos. Esta prestación conlleva el establecimiento de convenios de incorporación social.

Asturias

Ayudas de Emergencia Social: Son ayudas de naturaleza económica destinadas a aquellas personas cuyos recursos resultan insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para paliar o evitar situaciones de marginación social. Van dirigidas a la unidad de convivencia y son ayudas de pago único.

Se considerarán situaciones de emergencia aquellas que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, tales como:

  • Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
  • Gastos de energía, agua, alcantarillado, basura, etc.
  • Gastos necesarios para la habitabilidad y el equipamiento básico de la vivienda o alojamiento habitual.
  • Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad social y que se consideren de interés para la atención de personas con importante problemática.
  • Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares.

Las personas beneficiarias de estas ayudas aplicarán la prestación a la finalidad para la que se ha otorgado.

En este apartado encontrarás información sobre ayudas económicas e inclusión social.

Desde este enlace se puede acceder al directorio de todos los Organismos Autonómicos de Salud, Consumo y Bienestar Social de España y a sus datos de contacto vía teléfono y web, desde los que te informarán de cada una de las ayudas o subsidios que ponen a disposición de las personas vulnerables.

También puedes conocer todas las ayudas para atender situaciones de emergencia o de crisis a través de las Guías de Recursos Sociales que publican cada una de las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales para dar respuesta a las necesidades de los ciudadano. Una batería de programas y de recursos humanos y materiales que tienen como misión la promoción y desarrollo pleno de todas las personas y colectivos. Para acceder a las guías con toda la información, basta con realizar una búsqueda simple en la red con las palabras Guía de Recursos Sociales e indicar la localidad o el territorio de interés.

Además y debido a a pandemia de coronavirus, ha obligado al Gobierno a tomar una serie de medidas económicas para intentar paliar los efectos de una crisis sanitaria. El Ejecutivo ha aprobado una serie de normas con ayudas para desempleados, personas que han visto reducidos sus ingresos, prestaciones para autónomos….Desde este enlace puedes acceder a un resumen de las ayudas aprobadas por el Gobierno.

También dispones en este enlace, de  información actualizada sobre ayudas públicas ante el covid-19 y las medidas del gobierno para la protección del empleo.

Elaboración: Marcaempleo

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