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Todas las lineas de ayudas aprobadas para desempleados y empresas en Castilla y León


Acuerdo de la Junta de Castilla y León con los Agentes Sociales. CC.OO y UGT para poner en marcha un Plan de choque con medidas extraordinarias que movilizará casi 220,3 millones de euros.

El documento se estructura en seis grandes bloques, el primer bloque es el destinado a la protección y el mantenimiento del empleoprotección de los trabajadores de más de 55 años, y de los desempleados que, ante esta situación, no perciban ningún tipo de prestación o subsidio; prestando un servicio más ágil a empresas y autónomos, mediante la tramitación telemática de los ERTEs y la simplificación del procedimiento.

Contempla también el apoyo económico a autónomos, micropymes y pymes que incrementen sus plantillas para atender carga de trabajo derivada del Covid-19.

El acuerdo recoge además el apoyo a los emprendedores acogidos a la tarifa plana estatal, mediante la reducción de las cuotas de la Seguridad Social hasta 60 euros con carácter general que aplicará la Junta para la consolidación del trabajo autónomo durante 6 meses.

Y junto a las medidas de protección y mantenimiento del empleo, el acuerdo incide también en medidas en materia de prevención de riesgos laborales y medidas de Protección Social, a las que se destinan recursos por importe de 8 millones de euros.

BLOQUE 1. MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EMPLEO.

1. Líneas de ayuda dirigidas a trabajadores:

Para la compensación económica de empleados afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de suspensión de contratos o de reducción de jornada en empresas de menos de 250 trabajadores por causa del Covid-19. Se fijan cuantías de hasta 10 euros por jornada completa efectiva de suspensión, en función del tramo de la base de cotización.

Para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de quienes ejerciten los derechos de reducción de jornada laboral o de excedencia para el cuidado de un hijo o menor a su cargo, de personas mayores o con dependencia.

Para la protección de personas que pierdan su empleo como consecuencia de esta crisis sanitaria y no perciban prestación o subsidio. En esta línea podrán tener cabida las personas con cargas familiares que venían cotizado en el Régimen Especial de Empleados del Hogar a las que se les han rescindido sus contratos.

2. Líneas de ayuda de fomento del empleo dirigidas a empresas y autónomos:

Líneas de ayudas para pymes, micropymes y autónomos que incrementen su personal con trabajadores desempleados como consecuencia del coronavirus. Se establecen ayudas de hasta 10.000 euros por contrato. También yudas para empresas que incorporen a sus plantillas a trabajadores que hayan sido despedidos o que procedan de empresas que han cerrado por causa del Covid-19, para compañías que necesiten reforzar las contrataciones para asumir el incremento de la producción, para los Centros Especiales de Empleo, para las empresas de transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios cuyas plantillas se hayan visto afectadas por el coronavirus, para los comercios que acometan inversiones de modernización, para las pymes comerciales del medio rural, que garantizan el abastecimiento de productos de primera necesidad en los pequeños núcleos de población.

Ayudas para consolidar la actividad de los autónomos acogidos a la tarifa plana estatal, a los que la Junta extenderá la tarifa plana autonómica de 60 euros de forma anticipada para los seis meses siguientes.

El acuerdo también contempla ayudas para facilitar el retorno a la actividad a través de la línea ‘Reincorpórate’ , para proteger a los autónomos que cesen definitivamente su actividad como consecuencia de esta crisis y no perciban prestación o subsidio por desempleo y para favorecer nuevas oportunidades de emprendimiento.

BLOQUE 2. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Ayudas para la adopción de medidas extraordinarias en las empresas, de forma que se garantice la protección de la salud de los trabajadores y a financiar la adquisición de equipos de protección individual (EPIs) y la contratación de asistencia externa para labores de desinfección en respuesta a la situación de contingencia o de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo que puedan constituir población de riesgo frente al Covid-19.

BLOQUE 3. MEDIDAS DE CARÁCTER FINANCIERO.

Apoyo a la liquidez de micropymes y autónomos,  mantenimiento de la actividad de las pymes, Aplazamiento en la devolución de créditos de la Lanzadera Financiera, y ampliación de plazo para el pago de impuestos

Para impulsar el sostenimiento de micropymes y autónomos, se pone en marcha una línea dotada con 20 millones de euros, para incrementar la liquidez con préstamos de entre 6.000 y 40.000 euros sin intereses.

BLOQUE 4. MEDIDAS DE REFUERZO PARA LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL.

Sistemas telemáticos de información y ayuda a empresas,  Red Exterior y apoyar el Servicio de oportunidades de negocio.

BLOQUE 5. MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL.

Las medidas de protección social acordadas tienen por objeto garantizar la prestación de servicios fundamentales para las personas dependientes y se habilitan medidas adicionales para las personas vulnerables. La Renta Garantizada o la Red de Protección constituyen instrumentos esenciales de protección y garantía de atención de las necesidades básicas de las personas vulnerables.

BLOQUE 6. POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

Reforzar todos los programas de fomento del empleo; estudiar la introducción en futuras convocatorias de ayudas de nuevos colectivos de desempleados que provengan de esta situación, y potenciar los servicios de atención a las personas en paro.

Desde estos enlaces tendrás acceso a todas las medidas:

Fuetne: Jcyl


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