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Qué hacer para cobrar las Prestaciones y Subsidios. Últimas medidas publicadas por el SEPE


El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) viene tomando medidas desde el comienzo de la alerta sanitaria para hacer frente a la situación generada por la evolución del COVID- 19 en materia de la protección por desempleo y en esta entrada que publica el SEPE, se hace un resumen de todas las acciones que debemos llevar a cabo si queremos cobrar la prestación o el subsidio por desempleo.

Las medidas adoptadas son las siguientes:

Información General

  • Se suspenden los plazos en la presentación de solicitudes y no se recortan los derechos por presentar solicitudes fuera de plazo. Los plazos están suspendidos y no corren y no se perderán días de derecho por presentar la solicitud fuera de plazo
  • Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs).
  • El SEPE, junto a las CC.AA. está impulsando medidas para asegurar la inscripción como demandante de empleo. Todos los Servicios Públicos de Empleo autonómicos permiten la inscripción de demanda por medios no presenciales y no se tienen que renovar las demandas (“sellar el paro”), permaneciendo en alta.
  • En los subsidios, no se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, manteniéndose el pago del mismo transcurridos los 6 meses de plazo.
  • En el subsidio para trabajadores mayores de 52 años, no se interrumpirá el pago de los subsidios por
    desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR).

Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo

  • En cuanto a la inscripción como demandante de empleo: compruebe las instrucciones del servicio público de empleo de su comunidad autónoma para la renovación o el alta de la demanda de empleo. Siga las indicaciones de la página Web. Si no conoce la dirección de Internet, puede encontrarla aquí.
  • No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
  • No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.

Si se ha visto afectado por un ERTE

  • Todas las personas trabajadoras afectadas por un ERTE ocasionado por el COVID-19 tendrán derecho al reconocimiento de la prestación por desempleo, aunque no hayan cotizado el período mínimo necesario para ello.
  • No tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y  el SEPE. Son las EMPRESAS que han presentado un ERTE por dichas causas las que harán la solicitud
    colectiva de las prestaciones por desempleo en nombre de todos los trabajadores afectados ante el SEPE. Lo único que tiene que hacer el trabajador es autorizar a su empresa para que envíe sus datos al SEPE.
  • Atención! Si recibes un SMS comunicándote la aprobación de un #ERTE en tu empresa y te pide un nº de cuenta para gestionar la prestación ¡NO RESPONDAS, es un intento de FRAUDE! Son las empresas quienes les comunican todos los datos Denúncialo en fraudeinternet@policia.es
  • Los trabajadores no deben dirigirse al SEPE para consultar el estado de su expediente ni para ninguna otra gestión. El reconocimiento de las prestaciones va a ser automático, aunque, con el volumen de expedientes que vamos a recibir, el pago de las prestaciones puede demorarse.
  • Se ha puesto a disposición de las empresas una plantilla para el envío de la información de los trabajadores por cada uno de los centros de trabajo. Esta plantilla se puede descargar desde el sitio Información sobre el procedimiento de solicitud por parte de las empresas

Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE. (Solicitar Prestaciones y Subsidios)

  • Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
  • Si NO dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
    • Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo. Solo enviar este formulario si ha finalizado su contrato o le han despedido, no lo haga si está usted en un ERTE. NO enviar si ya ha solicitado cita previa o ha presentado su solicitud en el sepe por otro canal. Una vez recibido, un gestor del SEPE se pondrá en contacto contigo para formalizar la solicitud.
    • Solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico).  Los gestores del SEPE se pondrán en contacto con Usted lo antes posible. Debe rellenar los campos teléfono y/o correo electrónico en la página de resguardo de recordatorio de la cita.

Puedes consultar el estado de tu prestación o solicitud a través de la Sede Opción «Consulte datos y recibo de su prestación»sede.sepe.gob.es/

Las Oficinas del SEPE están cerradas al público, pero se sigue trabajando en ellas y se ha ampliado el horario de atención telefónica. Se puede contactar con el SEPE a través del servició de atención telefónica. El elevado número de llamadas hace que se produzca una saturación de las líneas en algunos momentos, pese a haberse ampliado el horario de atención.

Toda la información sobre las medidas que se van poniendo en marcha ante el COVID- 19 está en la web del SEPE y en sus redes sociales.

Desde este enlace puedes acceder a Toda la información

Fuente: SEPE

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