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402 plazas para Celadores, Aux. Enfermería, Aux. Administrativos en el Hospital Fundación Alcorcón


 Esta oferta de empleo público, incluye 402 plazas de personal laboral del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, (Auxiliares administrativos, Auxiliares de Enfermería, Celadores….) correspondientes a la tasa de reposición de efectivos y a la tasa para la estabilización del empleo temporal como reflejo del firme propósito de mantener una óptima planificación y distribución de los recursos humanos que desarrollan sus funciones en el ámbito del Hospital Universitario Fundación Alcorcón. En su Anexo I y Anexo III se incluyen dichas plazas cuantificadas de la siguiente manera:

— 18 plazas correspondientes a la tasa de reposición (Anexo I del Decreto 170/2018).

— 384 plazas correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, procediendo (Anexo III del Decreto 170/2018):

Convocar el presente proceso para la selección de personal laboral fijo, para atender las necesidades de personal del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, en las categorías profesionales, turnos y cupos según se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo Publicar las bases de la convocatoria para cada uno de los grupos profesionales que establece el Convenio Colectivo en los tablones de anuncios del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, así como en su página web, en la dirección www.hospitalfundacionalcorcon.org, en el apartado Oferta de Empleo Público 2018, desde el mismo día de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero Establecer el plazo de presentación de las solicitudes en treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto La presente Resolución de convocatoria, así como sus bases, podrán ser recurridas potestativamente en reposición ante la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Fundación Alcorcón en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con cuanto establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..


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