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354 plazas para Médicos de Familia, Pediatras y Odontólogos en el SERGAS


Se convoca concurso-oposición para el ingreso en las categorías de odontólogo/a de atención primaria y pediatra de atención primaria.

El número de plazas que se convoca en este proceso selectivo es el que se especifica en el anexo I de esta resolución, con expresión diferenciada de las plazas por su sistema de acceso.

Las personas interesadas en participar en este proceso deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y en el momento de la toma de posesión como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud, los siguientes requisitos:

Requisitos comunes para todos los turnos de acceso.

1. Edad: haber cumplido los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa legalmente vigente.

2. Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

3. Habilitación: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

4. Titulación: estar en posesión de la titulación que se especifica en el anexo I de esta resolución o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación o la credencial de reconocimiento del título para efectos profesionales al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Comunitaria 2005/36/CE y el Real decreto 459/2010, de 16 de abril.

5. Protección jurídica del menor. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 13 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, según la redacción efectuada por la Ley 26/2015, de 28 de julio.

6. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.

No podrán formalizar su inscripción en el proceso selectivo las personas que reuniesen en dicha fecha la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría.

Requisitos específicos.

1. Personas con discapacidad.

Además de los requisitos anteriores, los/las aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.

2. Promoción interna.

Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna deberán reunir, además de los requisitos indicados en el apartado 2.1, los siguientes requisitos:

1º. Ostentar la condición de personal estatutario fijo de otra categoría/especialidad de nivel académico igual o inferior a aquella a la que se pretende acceder.

2º. Estar en servicio activo en instituciones sanitarias del Sistema público de salud de Galicia y con nombramiento como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en la categoría/especialidad de procedencia.

Al personal integrado en el régimen estatutario le será computado, a los efectos del plazo de los dos años, el tiempo de servicios prestados como funcionario/a de carrera o laboral fijo.

En el supuesto de pérdida de alguno de los requisitos enumerados en esta base, las personas aspirantes podrán ser excluidas del proceso mediante resolución motivada del órgano convocante.

 Las personas que deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán cubrir una única solicitud de participación, en modelo normalizado, a través de la Oficina Virtual del Profesional (Fides/expedient-e/Sección de Procesos/OPE), a la cual se accederá siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo VI, y que una vez formalizada electrónicamente deberán imprimir, firmar y presentar en los lugares y plazo indicados en los apartados 5.2 y 5.3, respectivamente.

Fuente:

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