Convocatoria pública de pruebas selectivas para constituir una lista de espera de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso de personas con discapacidad a la Diputación de Badajoz.
Para ser admitidas al presente proceso, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa. El cumplimiento de estos requisitos se acreditará con la presentación de fotocopia del DNI.
2. Tener un discapacidad reconocida con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento de conformidad con el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. La comprobación de este requisito se acreditará mediante certificación acreditativa del grado de discapacidad emitida por los órganos correspondientes de la Administración competente.
3. Residir en la Comunidad Autónoma de Extremadura al menos durante el último año antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria. Ello se acreditará con la presentación del certificado de empadronamiento.
4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de un nivel de formación equivalente a Educación Primaria, Certificado de Escolaridad o acreditación de los años cursados y de las calificaciones obtenidas en el Educación Secundaria obligatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Se acreditará con la presentación del título correspondiente.
A efectos laborales se considerarán equivalentes a las titulaciones anteriores las certificaciones o acreditaciones emitidas por los Centros de Educación Especial.
6. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
El Servicio de Prevención y Salud emitirá informe tras el correspondiente reconocimiento médico previsto antes de la incorporación al puesto de trabajo objeto del contrato. La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las personas aspirantes para las funciones habitualmente desarrolladas por los funcionarios integrados en las plazas objeto de las presentes bases.
Solicitudes.
Deberán presentarse en el Registro Auxiliar de la Oficina de Información Administrativa de la Diputación de Badajoz (c/ Obispo San Juan de Ribera, 4; 06071-Badajoz), formulada en el modelo oficial, que estará a disposición de los/as ciudadanos/as en la propia Oficina o en la página web http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc acompañada de las fotocopias de los documentos acreditativos de reunir los requisitos para tomar parte en la convocatoria, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
Enlaces relacionados:
- Bases para la constitución de lista de espera para el acceso de personas con discapacidad en la categoría de Auxiliar de Administración General
- Bases para la constitución de lista de espera para el acceso de personas con discapacidad en la categoría de Portero-Ordenanza