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Bolsa de trabajo de Gestor de Emergencias del Seib 112


El objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de gestores de emergencias para el SEIB112 mediante un proceso selectivo reglado. Los aspirantes formarán parte de un bolsín que les dará derecho, de acuerdo con la puntuación obtenida en el procedimiento selectivo, a ser llamados para cubrir todas las necesidades de personal que puedan surgir en el área de Operaciones del SEIB 112, ya sea con motivo de periodo estival, sustituciones por maternidad, excedencias, aumento temporal de trabajo u otras causas.

Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria y durante el proceso selectivo, los siguientes requisitos.

Para los lugares de GESTOR A y GESTOR B:

a. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo que se dispone al arte. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP).

1. Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea pueden acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de las cuales directamente o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las administraciones públicas. A este efecto, los órganos de gobierno de las administraciones públicas tienen que determinar las agrupaciones de funcionarios que prevé el artículo 76 a las cuales no pueden acceder los nacionales otros estados.

2. Las previsiones del apartado anterior son aplicables, sea cuál sea la nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los del cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad dependientes.

3. El acceso al empleo público como personal funcionario se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en qué sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos que establece el apartado 1 de este artículo.

4. Los extranjeros en los cuales se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España pueden acceder a las administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

5. Sólo por ley de las Cortes Generales o de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas se puede eximir del requisito de la nacionalidad por razones de interés general de acceder a la condición de personal funcionario.

b. Tener cumplidos 18 años de edad.

c. Estar en posesión del título de bachillerato; Bachiller (LOE), bachiller (LOGSE), bachillerato unificado polivalente, bachiller superior (plan 1957), técnico/a, técnico/a especialista, o haber superado las pruebas de acceso en la universidad para mayores de 25 años, Formación Profesional de grado Medio o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, el aspirante tendrá que estar en posesión de la credencial que acredite la homologación o de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente.

d. Estar en posesión del certificado B2 de nivel de conocimiento de la lengua catalana.

e. No haber sido separado/da ni despedido/da, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de cualquiera de sus entes instrumentales o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escalera de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba en el caso de personal laboral, en el cual hubiera estado separado/da o inhabilitado/da. En el caso de pertenecer a otro estado, no encontrarse inhabilitado/da o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público.

f. Antes de tomar posesión de la plaza, la persona interesada tendrá que hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo tendrá que declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente de la firma del contrato laboral, con el fin que la consejería competente en materia de Función Pública acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

Además, para los lugares de GESTOR A:

g. Estar en posesión del certificado B2 o equivalente de nivel de conocimiento de lengua inglesa, según el marco europeo común de referencia, o bien superar la prueba oral de lengua inglesa descrita en el apartado 10 “Primer ejercicio”.

Solicitudes: Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se tienen que presentar dentro del plazo de veinte días naturales, contadores a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el Registro de la empresa pública Gestión de Emergencias de las Illes Balears (GEIBSAU) o se pueden enviar por correo ordinario (cumpliendo lo que se establece en el artículo 14 de la Ley 43/2010, de 30 de septiembre, que regula el servicio postal universal) a la siguiente dirección: C/ de Francesc Salvà i Pizà, s/n. Es Pinaret. 07141 Marratxí (Mallorca). En este caso, se tendrá que enviar copia de la solicitud de forma adelantada por correo electrónico al mail administracion@112ib.com.

Fuente: Bases generales de la convocatoria para la selección de personal laboral temporal para crear una bolsa de trabajo de gestor de emergencias del Seib 112 para la sociedad mercantil pública gestión de emergencias de las Illes Balears, Sau


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