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Bolsa de empleo ingeniería técnica forestal en la isla de Mallorca

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El objeto de estas bases es regular la convocatoria del procedimiento de concurso para constituir una bolsa extraordinaria del cuerpo facultativo técnico, escala ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica forestal, en la isla de Mallorca,  de acuerdo con lo que determina el artículo 4.3 del Decreto 30/2009, vista la necesidad de cubrir puestos de trabajo del cuerpo, escala y especialidad mencionados.

Fuente: Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 14 de mayo de 2018, a propuesta del director general de Función Pública y Administraciones Públicas, por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería técnica, especialidad de ingeniería técnica forestal, en la isla de Mallorca

Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, de los que tienen que estar en posesión durante todo el proceso selectivo:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos que, conforme al artículo 57 del Estatuto Balear del Empleado Público (EBEP), se permita el acceso a la ocupación pública.

b) Tener 16 años cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitadas de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal en la forma que establece la base 4 e). De acuerdo con lo que prevé el artículo 15 de la Ley 14/1998, de 23 de diciembre, de diversas medidas tributarias y administrativas, quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que optan.

f) Estar en posesión del título académico exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se debe presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1992 y otras normas de transposición y desarrollo.

Las titulaciones exigidas para participar en la bolsa son las siguientes:

– Estar en posesión del título de ingeniero técnico forestal o título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero técnico forestal, de acuerdo con la orden CIN/324/2009, de 9 de febrero.

g) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana, nivel B2 (nivel avanzado), de conformidad con lo que dispone la disposición transitoria primera de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de Medidas de Capacitación Lingüística para la Recuperación del Uso del Catalán en el Ámbito de la Función Pública.

Estos conocimientos se deben acreditar mediante un certificado emitido o reconocido como equivalente por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares, u homologado por el órgano competente de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.

El plazo para presentar solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.


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