Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 394 plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, 102 del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, 9 del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas y 1 del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño dentro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el desglose de plazas por especialidades que se indican en el anexo I a la presente orden.
Para ser admitidos en el procedimiento selectivo, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de cumplimentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, los requisitos generales siguientes:
a) Ser español o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los nacionales de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa, según establece el artículo 12 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos conforme se establece en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se aspira a ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Título III de la presente orden, en el que podrán participar funcionarios de carrera.
g) Hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente, según lo previsto en el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la actualización prevista en la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018.
La solicitud se realizará a través del formulario web disponible en la siguiente dirección: https://apliedu.murciaeduca.es/educacionTOL/convocatorias.ctrl
El plazo de presentación de las solicitudes y, en su caso, de presentación telemática de la documentación a que se refiere el artículo 13, será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia