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Aprobada la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía


El presente Decreto-ley tiene por objeto regular la prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social, denominada Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, que deberá incorporar un itinerario a través de un Plan de inclusión sociolaboral, en los términos establecidos en los artículos 42.1 y 42.2.g) de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

Este Decreto-ley será de aplicación a las personas solicitantes y beneficiarias de las medidas establecidas en el mismo y a las Administraciones Públicas en el ámbito local, provincial y autonómico de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía tendrá como objetivo garantizar la atención a las situaciones de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo de las personas y promover su inclusión e integración social y laboral.

 Podrán ser personas titulares de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía las personas solicitantes y perceptoras con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía y que forman parte de una unidad familiar pluripersonal o bien constituya por sí misma una unidad familiar unipersonal.

Con el objetivo de mejorar la accesibilidad a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en este Decreto-ley se recogen importantes novedades respecto a la anterior norma reguladora:

Fuente: Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.


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