Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas de la categoría de Técnico Auxiliar Sanitario
La información sobre el desarrollo de la presente convocatoria se podrá consultar en la dirección de intranet www.sms.carm.es/somos, así como en la siguiente dirección de Internet: www.murciasalud.es/oposicionsms
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- a) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea. Podrán participar igualmente las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos para los miembros de la Unión Europea.
- Asimismo podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de ciudadanos españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- b) Estar en posesión del título de Técnico del que se trate o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes por haber abonado los derechos para su expedición.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, que se acreditará conforme a lo previsto en la base específica 20ª de esta convocatoria en el plazo indicado, quedando la toma de posesión supeditada a la superación de este requisito.
- e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
- f) En el caso de de ser nacional de otro de los Estados mencionados en la letra a), no hallerse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- g) Haber abonado la tasa correspondiente a los derechos de participación en el proceso selectivo.
- h) No haber sido condenado mediante sentencia firme por alguno de los delitos contemplados en el artículo 13.5 de Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
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