El Consejo de Gobierno ha aprobado destinar 8.500.000 euros para la inserción laboral a través de agencias de colocación de jóvenes, parados de larga duración y las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción. La partida destinada a este programa ha aumentado en un millón de euros con respecto a 2015, y se prevé que puedan beneficiarse cerca de 5.000 desempleados madrileños.
Esta cuantía se reparte en siete lotes, cada uno de los cuales está enfocado a la inserción de un segmento de la población con problemas para su inserción laboral: desempleados con discapacidad igual o superior al 33%; desempleados en riesgo de exclusión social perceptores de la Renta Mínima de Inserción; desempleados jóvenes menores de 30, que no tengan más de 24 meses en el paro; y desempleados de larga duración menores de 30 años.
Los otros tres lotes están destinados a desempleados parados de larga duración de entre 30 y 44 años; desempleados de larga duración de entre 45 y 54 años; y desempleados de larga duración de 55 o más años. Cada agencia únicamente podrá resultar adjudicataria de un lote, aunque podrá optar a varios indicando su orden de prioridad. Excepcionalmente, podrían ser adjudicatarias de varios lotes en el caso de que alguno o algunos de ellos resultaran desiertos.
Las agencias que logren ser adjudicatarias del servicio deberán realizar, entre otras tareas, labores de orientación, formación y ayuda en la búsqueda de empleo, y no percibirán la totalidad de la cantidad a percibir hasta haber conseguido la inserción laboral de los candidatos.
Subvención vinculada al éxito de la inserción
La práctica totalidad de la cuantía, concretamente el 85% de la misma, se recibirá una vez haya sido efectiva la inserción laboral del desempleado con el que se ha estado trabajando, y el 15 por ciento cuando se haya constatado que se ha realizado la labor de intermediación, asesoramiento u orientación y que al menos una de estas acciones haya sido individual o personalizada.
Se entiende que la inserción laboral ha sido efectiva cuando el desempleado haya conseguido un contrato de trabajo y se haya mantenido en su puesto de trabajo durante al menos seis meses a tiempo completo en un período de ocho meses y de seis meses en un año en el caso de los fijos discontinuos. Fuente: CC.AA Madrid
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