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Aprueban 807 plazas para el Servicio Aragonés de Salud


Oferta de empleo público para el año 2016 en el ámbito del personal estatuario del Servicio Aragonés de Salud.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, se aprueba la Oferta de empleo público correspondiente al año 2016, en los términos y condiciones que se fijan en el presente Decreto.

La Oferta de empleo público del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud comprende un total de 807 plazas, dotadas presupuestariamente y que figuran en las plantillas orgánicas de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, con el siguiente detalle:

– 566 plazas se corresponden con la tasa de reposición legalmente establecida, de las que 508 son de acceso libre, 54 se reservan para ser cubiertas por el turno de discapacidad, en un grado igual o superior al 33 por ciento y 4 plazas para atender el cupo de quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo, con el desglose a que se refiere el anexo de este Decreto.

– 241 plazas de promoción interna, para el personal estatutario de plantilla que reúna los requisitos establecidos al efecto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en el Decreto 37/2011 de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, con el desglose incluido en el anexo de este Decreto.

En aplicación del artículo 18 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. Si las plazas reservadas y que han sido cubiertas por las personas con discapacidad no alcanzaran la tasa del tres por ciento de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del 5 por ciento de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.

Toda la información en el siguiente enlace BOA DECRETO 145/2016, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de empleo público para el año 2016 en el ámbito del personal estatuario del Servicio Aragonés de Salud.

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