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La Junta de Castilla y León aprueba hoy 3.192 plazas en el Sacyl


La presente oferta de empleo público incluye, para su provisión, las plazas de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León que, contando con asignación presupuestaria, no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

2. La distribución de plazas ofertadas, tal como se hace constar en el Anexo I del presente acuerdo, es la siguiente:

  • a) 1.098 plazas que suponen el 100% de la tasa de reposición de efectivos que el artículo 14.2. de la Ley 3/2017, de 4 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017 permite alcanzar a la consejería con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Servicio de Salud de Castilla y León.
  • b) 1.942 plazas que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.7 de la Ley 3/2017, de 4 de julio ya citada, suponen el 51,19% de la totalidad de plazas a las que resulta de aplicación la tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el noventa por ciento de las que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2016 y que podrán ser incluidas en las ofertas de empleo público de los ejercicios 2017 a 2019.
  • Estas 1.942 plazas corresponden a las categorías profesionales priorizadas en el seno de la Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
  • c) 152 plazas que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.Uno in fine de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, suponen el 68,47% de la totalidad de plazas que la Consejería de Sanidad podrá ofertar en los ejercicios 2017 a 2019 con cargo a una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, es decir, plazas que estén dotadas presupuestariamente y que, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan estado ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal. A estas convocatorias les será de aplicación lo previsto en el apartado tercero de la citada disposición transitoria

Fuente: ACUERDO 66/2017, de 23 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se amplía y modifica el Acuerdo 57/2017, de 28 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2017.


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