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El Ayuntamiento de Jaén inicia el programa extraordinario de ayuda a la contratación


El Ayuntamiento de Jaén a través de la concejalía de Asuntos Sociales e Igualdad ha puesto en marcha el programa extraordinario de ayuda a la contratación de Andalucía para personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar y que reúnan los requisitos establecidos en las bases, que son los dispuestos en el Art. 8 del Decreto-Ley 8/2014

A tal efecto, se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, que residan en la misma vivienda.

Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía deberán estar empadronadas en el municipio donde presenten la solicitud y reunir los siguientes requisitos:

a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

1.º Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas andaluzas retornadas.

2.º Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
– Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPRE M), para unidades familiares de una sola persona.
– Inferior a 1,3 veces el IPRE M para unidades familiares de dos personas.
– Inferior a 1,5 veces el IPRE M para unidades familiares de tres personas.
– Inferior a 1,7 veces el IPRE M para unidades familiares de cuatro o más personas.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en esta Base.

Los requisitos previstos en los apartados a) y b) deberán reunirse en el momento de la presentación de la solicitud. El apartado c) será tramitado por el propio Ayuntamiento una vez comprobado que se cumplen los demás requisitos.

LUGAR DE PRESENTACION:

Las solicitudes se presentaran en el Registro del Patronato Municipal de Asuntos Sociales sito en c/ Cerón, nº 19 en horario de 9,00 a 13,00 horas de lunes a viernes. Igualmente se podrán presentar las instancias en cualquiera de las formas previstas en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Los impresos de solicitud estarán a disposición de las personas interesadas en la página web del Ayuntamiento de Jaén, www.aytojaen.es, en el Patronato Municipal de Asuntos Sociales y en los Centros Municipales de Servicios Sociales. Se incorpora un impreso en el que el solicitante autoriza al Excmo. Ayuntamiento de Jaén para que recabe información sobre determinados documentos, que en este caso, el interesado no debe aportar, sino que lo hace la administración en su nombre, salvo oposición expresa que sí tendría que aportar.

Los solicitantes deberán cumplimentar en la última página del impreso de solicitud una declaración en la que indicaran un orden de preferencia entre las diferentes categorías profesionales ofertadas, para las que ha de tener la cualificación profesional correspondiente.

En el caso de que hubiera dos o más solicitudes de personas que componen una misma unidad familiar para acceder al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, sólo se atenderá a la que se hubiera registrado antes. Únicamente se podrá contratar a dos o más personas que componen una misma unidad familiar en el caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras unidades familiares, (Art. 17.1 del Decreto-Ley 8/2014).

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Desde el 20 de Noviembre al 4 de Diciembre de 2017, ambos inclusive.

Toda la información y documentación sobre la convocatoria está a disposición en la página web del Ayuntamiento de Jaén www.aytojaen.es

NORMATIVA APLICABLE:

DECRETO-LEY 8/2014, DE 10 DE JUNIO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL A TRAVES DEL EMPLEO Y EL FOMENTO DE LA SOLIDARIDAD EN ANDALUCÍA, prorrogado Orden de 22 de Junio de 2017, por la que se prorrogan para el ejercicio 2017.

Fuente: Ayuntamiento de Jaén


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