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Aprobadas 2.915 plazas para los cuerpos docentes


El Consell de Govern ha aprobado la oferta pública de empleo para el año 2017 correspondiente al personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, cuantificada en un total de 2.915 plazas, de las cuales 212 corresponden a la tasa de reposición y 2.703 a la tasa adicional para la estabilidad del empleo.

De este modo, se continúa con el proceso que se inició al inicio de legislatura con la aprobación y la reserva de plazas de oferta pública de empleo de cuerpos docentes de cara a las próximas convocatorias de oposiciones previstas para los próximos dos años.

La intención de la Conselleria es convocar nuevas oposiciones tanto en el 2019 como en el 2020, con mil plazas cada año. Así, se podrá aprovechar al máximo la disposición de la Ley estatal de presupuestos de 2017, que autoriza a las administraciones públicas a disponer de una tasa adicional de estabilización en los ejercicios del 2017, 2018 y 2019 de forma que los índices de interinidad puedan bajar a unos términos razonables.

En las Illes Balears actualmente existe uno de los porcentajes de docentes interinos más elevado del Estado, concretamente de un 37,14 % de media, que corresponde a 4.066 docentes. El objetivo de la Conselleria de Educación y Universidad es hacer bajar el porcentaje de docentes interinos hasta llegar aproximadamente a un 10 % del total. Ello dotaría a las plantillas de los centros educativos de más estabilidad, lo cual es uno de los requisitos indispensables para garantizar la implantación de mejoras pedagógicas efectivas.

La oferta pública de empleo para el año 2017 correspondiente al personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears aprobada prevé 2.915 plazas.

Un total de 2.703 plazas corresponde a la tasa adicional para la estabilidad del empleo y las 212 restantes, a la tasa de reposición. Para efectuar el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje máximo se tiene que aplicar sobre la diferencia que resulte entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario de 2016, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se incorporaron. Se deben computar los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, muerte, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción de contrato de trabajo o cualquier otra situación administrativa que no suponga reserva del puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que cesa.

Esta oferta pública prevé también la reserva de una cuota mínima de un 7 % del total de las vacantes objeto de la oferta para que las cubran personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.  Fuente: CAIB

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