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Ayuntamientos y Diputaciones contratarán jóvenes inscritos en el SNGJ


Bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Las subvenciones reguladas en esta orden tienen por objeto fomentar la contratación temporal, durante al menos 180 días, de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por parte de municipios de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León para la realización de obras y servicios de interés general y social.

 Requisitos de las contrataciones.

Los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales beneficiarios deberán contratar a jóvenes que se encuentren inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La preselección de los trabajadores, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo. Se enviarán, al menos, a tres candidatos por puesto de trabajo ofertado.

La selección final de los trabajadores, entre los candidatos enviados por la oficina de empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.

Toda la información en el siguiente enlace: ORDEN EMP/954/2017, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.


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