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Canarias incrementa los sectores prioritarios en los que se podrá contratar personal


El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Ejecutivo canario, José Miguel Barragán, anunció hoy que el Gobierno aumentó los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarias o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales en la Administración pública de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y entidades de derecho público a fin de reforzar su prestación mediante la eventual contratación excepcional de personal laboral temporal y nombramiento de funcionarios interinos.

En este sentido, el artículo 54.1 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017 relativo a la contratación de personal temporal añade en relación a los contemplados en la ley presupuestaria de 2016 como sectores, funciones y categorías prioritarias o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos el personal administrativo de las subdirecciones de Economía Social, Formación y Empleo en los servicios centrales del Servicio Canario de Empleo y el personal técnico que presta servicios en la subdirección de Empleo, así como la Agencia Tributaria Canaria.

Además, mantiene los incluidos el año pasado, que se refieren a los centros educativos y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica de los centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades; las hospederías, los centros base, módulos insulares, centros de día, escuelas infantiles y equipos técnicos de seguimiento de programas de adopción, prevención y protección de menores y de justicia juvenil con medidas impuestas a menores de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda; las escuelas de capacitación agraria e institutos de formación profesional marítimo-pesquera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas; los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia y los puestos de apoyo a tales órganos; los centros sanitarios, los servicios de los órganos centrales y territoriales con competencias en materia de prevención y protección de la salud e inspección sanitaria y laboratorio en el Servicio Canario de la Salud; los servicios de prevención de riesgos laborales, en los ámbitos de Sanidad, de Educación y de la Administración General y Justicia; la prestación canaria de inserción, así como la dependencia y la discapacidad y las oficinas de empleo del Servicio Canario de Empleo.

Respecto a la posibilidad de nombramiento de personal funcionario interino, el artículo 56.1 de la misma ley establece que para este ejercicio en la administración pública de la comunidad autónoma de canarias, los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y entidades de derecho público dependientes de ésta, solo procederá el nombramiento de personal interino con carácter excepcional, por razones de necesidad y urgencia debidamente justificadas, siempre que se acredite la adecuada cobertura presupuestaria, en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten a los servicios públicos esenciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.1.

Asimismo, el Gobierno acordó que los puestos de trabajo cuyas funciones hubiesen sido declaradas prioritarias en 2016 conservarán tal carácter siempre y cuando en el momento de su provisión a lo largo de este ejercicio se mantengan las circunstancias que justificaron su declaración y exista crédito suficiente y adecuado en la correspondiente sección presupuestaria, aunque no se encuentren incluidos en los supuestos previstos en el artículo 54.1 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017 y no hubieren podido ser proveídos.

Además, se podrán elevar a la consideración del Consejo de Gobierno de forma trimestral la propuesta de declaración como prioritarios de puestos de trabajo en las que se desarrollen funciones esenciales cuando concurran circunstancias de urgente e inaplazable necesidad para su provisión mediante contratación laboral temporal o nombramiento de personal funcionario interino a fin de atender necesidades urgentes e inaplazables que pudieran producirse a lo largo del presente ejercicio. Fuente: Gobierno de Canarias


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