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Bolsa de trabajo 508 puestos en el Ayuntamiento de Marbella.


Bolsa de trabajo para personal de limpieza de edificios y dependencias municipales, Oficiales, Servicios varios (jardineros, albañiles, cerrajeros metálicos, carpinteros, pintores y electricistas), Operarios, socorristas acuáticos, monitores deportivos, monitores de natación, y conserjes-mantenedores, en modalidad de contratación temporal. Las bolsas servirán para la contratación temporal de 508 personas en distintos departamentos municipales en función de las necesidades que surjan. Limpieza y Residuos Sólidos Urbanos ya contaban con bolsas propias.

El objeto de la presente base general es regular las convocatorias de los procesos de selección para la constitución y funcionamiento de la Bolsa de Empleo Temporal de personal según lo contemplado en el propio Convenio Colectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Marbella.

En este sentido, Pérez ha recordado que una vez estén en funcionamiento servirán para cubrir “necesidades urgentes e inaplazables” como la sustitución temporal a trabajadores con derecho de reserva de puesto de trabajo, por maternidad o paternidad; a trabajadores en excedencia por cuidado de familiares; a trabajadores de baja por enfermedad; para cubrir vacaciones o el disfrute de permisos; en caso de exceso o acumulación de tareas; para la ejecución de programas de carácter temporal y eventual; por circunstancias de la producción o por obra; o servicio determinado.

Esta Bolsa está limitada a la oferta que de desglosa para cubrir bajas por incapacidad temporal y otras causas laborales de carácter temporal que se describen en las propias normas de funcionamiento: Oferta:

  • • Personal de limpieza de edificios y dependencias municipales: 100 puestos.
  • • Oficiales servicios varios: Jardineros, 150 puestos; Albañil, 50 puestos; Cerrajeros metálicos: 10 puestos; Carpinteros, 10 puestos; Pintores, 20 puestos; Electricistas, 40 puestos; Operarios: 50.
  • • Socorrista acuático, 8 puestos; Monitores Deportivos, 15 puestos; Monitor de Natación, 15 puestos.
  • • Conserjes-mantenedores, 40 puestos.

La vigencia de cada una de las Bolsas de Empleo Temporal específicas estará hasta la creación de otra Bolsa que emane de cualquier otro tipo de proceso selectivo según lo previsto en el Convenio Colectivo del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Marbella sin perjuicio de su posible revisión en función de las necesidades del servicio.

Para ser admitido al presente proceso selectivo será necesario:

  • A. Ser español o estar incluido en alguno de los supuestos regulados en el artículo 57 de la Ley 5/2015, de 12 de abril. del Estatuto Básico del Empleado Público, relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros estados y cualquier ciudadano que posea el correspondiente permiso de trabajo en vigor.
  • B. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, estando aptos sin restricciones.
  • C. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
  • D. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba, en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • E. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en otro Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • F. Poseer la titulación exigida en cada convocatoria o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, salvo para el acceso a las agrupaciones profesionales.

Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al propio Ayuntamiento de Marbella, Área de recursos humanos, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en los existentes en las diferentes Tenencias de Alcaldía del municipio, Distritos, Organismo Autónomo Local de Empleo, o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en la web del Ayuntamiento y tablón municipal.

Fuente. Ayuntamiento de Marbella

 

 


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