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Subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por CUENTA PROPIA (2013)


Fecha de publicación:

24 de diciembre de 2012

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2012.

¿Quién lo puede solicitar?:

Personas físicas que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia en el período establecido, siempre que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad que exija darse de alta en el RETA: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en el RETA.

b) Excepcionalmente, si en la fecha de alta en el RETA el solicitante no cumple el requisito de estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, se tendrá en cuenta como fecha de referencia, únicamente a efectos del cumplimiento de ese requisito, la que figure como fecha de registro de entrada en el documento de solicitud de alta en el RETA (modelo TA.0521/1 o documento equivalente).

c) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad profesional que exija la colegiación en un Colegio Profesional: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

d) Haberse dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional, antes de presentar la solicitud de subvención.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán financiables las solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido desde el día 1 de noviembre de 2012 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

También serán subvencionables las solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de registro de entrada del documento de solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (modelo TA.0521 o documento equivalente) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente hubiera tenido lugar desde el día 18 de octubre de 2012, siempre que no hayan sido beneficiarios de la subvención prevista en la Resolución de 20 de septiembre de 2012, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2012.

Las subvenciones se destinarán a fomentar la realización por parte del solicitante de todas o alguna de las acciones subvencionables que se indican a continuación:

Descarga del documento tipo PDF ACTIVIDADES Subvencionables. Abre una nueva ventana  ACTIVIDADES Subvencionables (100 kbytes)

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención por todos los conceptos previstos será de 13.000 €, y se calculará, en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables:

Descarga del documento tipo PDF CUANTÍA. Abre una nueva ventana  CUANTÍA (164 kbytes)

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en el modelo normalizado.

Los miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles presentarán la solicitud de subvención de forma individual.

A la solicitud se acompañará la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana  DOCUMENTACIÓN a presentar (102 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de mayo de 2013

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet, desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
  • Se excluye presentación por TELEFAX.

Organismo:

Responsable:

  • Consejería de Economía y Empleo
  • Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Gestor:

Servicio Promoción de Empleo e Inserción Laboral

Que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Tablón de Anuncios del organismo competente.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

  • Las subvenciones están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y no resulta aplicable ningún régimen de retención.
  • Serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad otorgadas por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Descargar formulario

  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana  Solicitud (374 kbytes)

Descargas

  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaBASES REGULADORAS: ORDEN EYE/701/2012 (BOCyL 31-08-2012) (2.329 kbytes)
  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaCONVOCATORIA: RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2012 (BOCyL 24-12-2012) (9.910 kbytes)

 

Fuentes: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/


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